{"id":861,"date":"2025-02-26T04:27:02","date_gmt":"2025-02-26T08:27:02","guid":{"rendered":"https:\/\/ulloa-law.com\/?p=861"},"modified":"2025-02-26T04:27:02","modified_gmt":"2025-02-26T08:27:02","slug":"los-contratos-de-arrendamiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/los-contratos-de-arrendamiento\/","title":{"rendered":"Los contratos de arrendamiento"},"content":{"rendered":"<p>El arrendamiento de acuerdo al Art\u00edculo 1681 del C\u00f3digo Civil, es un contrato en que las dos partes se obligan rec\u00edprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio, un precio determinado. Siendo que el Estado reconoce la funci\u00f3n social de la propiedad privada, es de inter\u00e9s p\u00fablico el arrendamiento de viviendas y de locales urbanos y sub-urbanos. Y para lo cual, se cre\u00f3 el Decreto No. 50 que contiene la Ley de Inquilinato que regula el arrendamiento, los derechos de los inquilinos y los contratos per s\u00e9.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Entre el arrendador, quien se obliga a ceder el uso de la cosa o propietario del inmueble; y el arrendatario, quien adquiere el uso de la cosa y se obliga a pagar, pueden negociar y establecer en sus contratos, que la contrataci\u00f3n del alquiler ser\u00e1 libre y por ende renuncian a las disposiciones de la Ley de Inquilinato, cuando el valor total del inmueble objeto de arrendamiento exceda de cuarenta mil Lempiras. Si no expresa tal disposici\u00f3n en el contrato, cualquiera de las partes contratantes puede invocar las disposiciones de la Ley de Inquilinato a su conveniencia y las dem\u00e1s disposiciones contractuales, si son contrarias a la Ley quedar\u00edan nulas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Todo contrato de arrendamiento, debe constar por escrito y expresar los datos generales de ambas partes (arrendador y arrendatario) como ser: nombre completo, estado civil, profesi\u00f3n u oficio, domicilio, nacionalidad, n\u00famero de Documento Nacional de Identificaci\u00f3n, n\u00famero de Registro Tributario Nacional; los datos necesarios para identificar el inmueble objeto de arrendamiento, el valor de la renta, la forma de pago, el plazo, y dem\u00e1s condiciones entre las partes, incluyendo la renuncia expresa anteriormente indicada, las obligaciones de ambas partes, causales de terminaci\u00f3n, entre otras.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dentro de las obligaciones del arrendador se encuentran:<\/p>\n<ol>\n<li>Mantener el inmueble en estado de servir, es decir, hacer durante el arriendo todas las reparaciones necesarias como ser: instalaciones el\u00e9ctricas, plomer\u00eda, estructura del inmueble, pintura, y exteriores del inmueble. A fin de que se encuentren en buen funcionamiento y seguros.<\/li>\n<li>Realizar las reparaciones locativas si los deterioros que las han hecho necesarias provinieren de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad del inmueble.<\/li>\n<li>A librar al arrendatario de toda turbaci\u00f3n en el goce del inmueble.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la otra mano, entre las obligaciones del arrendatario se encuentran:<\/p>\n<ol>\n<li>Pagar el precio de la renta en la forma establecida en el contrato.<\/li>\n<li>Destinar el inmueble para el fin para el que fue arrendado.<\/li>\n<li>Realizar las reparaciones locativas, son aquellas que se producen por culpa del arrendatario.<\/li>\n<li>Conservar la integridad de las paredes, techos; reponer los cristales quebrados de las ventanas, puertas y mantenerlas en estado de servicio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Debido a que la contrataci\u00f3n es libre, las obligaciones de los contratante pueden modificarse en las estipulaciones contractuales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los contratos de arrendamiento pueden darse por terminados por las siguientes razones:<\/p>\n<ol>\n<li>Por mora en el pago de la renta, cuando el arrendatario no pague la renta dentro de los ocho (8) d\u00edas siguientes al de la fecha de vencimiento de dos (2) mensualidades.<\/li>\n<li>Cuando el arrendatario destinare el inmueble, en todo o en parte, a usos distintos para los que fue arrendado.<\/li>\n<li>Por destrucci\u00f3n total o parcial, que haga inhabitable el inmueble o parte del mismo.<\/li>\n<li>Cuando el arrendatario hiciere, sin permiso escrito del arrendador, modificaciones o alteraciones en el inmueble.<\/li>\n<li>Cuando el arrendatario cause al inmueble deterioros provenientes de su negligencia, o de contravenci\u00f3n a los t\u00e9rminos del contrato o de los reglamentos o leyes.<\/li>\n<li>Por acuerdo de las partes, expresado por escrito.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las causales anteriores, todo arrendatario goza del derecho de poner fin al contrato de arrendamiento, siempre que diere aviso o lo notificare al arrendador legalmente, por lo menos con sesenta (60) d\u00edas de anticipaci\u00f3n, siempre y cuando, los arrendatarios estuvieren solventes de pago (art\u00edculo 38 Ley de Inquilinato).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Existe una l\u00ednea bastante delgada entre la contrataci\u00f3n privada en materia mercantil, en la cual privan las estipulaciones y condiciones establecidas en el contrato; y la contrataci\u00f3n privada que por ser de inter\u00e9s p\u00fablico, no puedan ejecutarse las condiciones contractuales por ser nulas de pleno derecho debido a que contradicen ciertas disposiciones legales. Como se indico anteriormente, el alquiler de inmuebles puede ser de libre contrataci\u00f3n cuando los mismos tengan un valor total excediendo de L 40,000.00., y si se expresa en el contrato para tal efecto, sin embargo, las condiciones contractuales no pueden privar de los derechos a las partes. Por lo tanto, un arrendatario a menos que est\u00e9 incumpliendo o se encuentre en mora, siempre puede dar por terminado el contrato antes de su vencimiento original.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los contratos de arrendamiento pueden formalizarse en escritura p\u00fablica e inscribirse en el Registro de la Propiedad, sin embargo, es m\u00e1s practico y menos oneroso, ejecutarlo en documento privado, y presentar para su inscripci\u00f3n un ejemplar original ante el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI), autoridad que est\u00e1 obligada a llevar el registro de los contratos de arrendamiento. Y como requisitos para su inscripci\u00f3n est\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Contrato original firmado por el arrendador y el arrendatario, y dos copias.<\/li>\n<li>Pago de L 200.00., mediante recibo TGR-1 para certificaci\u00f3n de la inscripci\u00f3n.<\/li>\n<li>Si el contrato se presenta para su inscripci\u00f3n, despu\u00e9s de los 5 d\u00edas siguientes a su firma, se deber\u00e1 presentar el recibo de L 10.00., adicionalmente en concepto de multas y penas diversas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Ivanna Campbell<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El arrendamiento de acuerdo al Art\u00edculo 1681 del C\u00f3digo Civil, es un contrato en que las dos partes se obligan rec\u00edprocamente, la una a conceder el<span class=\"excerpt-hellip\"> [\u2026]<\/span><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":862,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-861","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categorizar"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/861","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=861"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/861\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":864,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/861\/revisions\/864"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/862"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=861"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=861"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ulloa-law.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=861"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}